Trabajadores en Hidalgo reciben información clave sobre Participación en Utilidades

Trabajadores en Hidalgo reciben información clave sobre Participación en Utilidades
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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo detalló los derechos y plazos para el reparto de utilidades.


La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo informó sobre los derechos constitucionales de los trabajadores en materia de Participación de Utilidades, detallando plazos y requisitos para su cumplimiento, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Según la LFT, los empleados que laboran para personas morales (empresas) tienen derecho a recibir el pago de su prestación a partir del 1 de abril y a más tardar el 30 de mayo. Mientras que aquellos que trabajan para personas físicas con actividad empresarial pueden recibirlo a partir del 1 de mayo hasta el 29 de junio.

Para ser elegible para recibir el pago por concepto de reparto de utilidades, todo trabajador debe haber laborado para la empresa o patrón por lo menos 60 días. Además, se consideran días efectivos aquellos en los que se hayan presentado incapacidades temporales por riesgo de trabajo, periodos prenatales y postnatales, descanso semanal, vacaciones y días festivos, así como permisos con goce de sueldo.

Las empresas que generen 300 mil pesos o más en utilidades están obligadas a realizar este reparto, a menos que hayan sido creadas hace menos de un año o no hayan alcanzado dicha cantidad de utilidades de acuerdo con la declaración anual fiscal del año anterior.

De acuerdo con la ley, los trabajadores participarán en las utilidades del patrón según el porcentaje determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, actualmente establecido en el 10 por ciento de las utilidades netas.

En caso de que un trabajador no reciba esta prestación o se le pague de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite, para reclamar el pago de las utilidades.

Finalmente, se establecen sanciones por incumplimiento en el reparto de utilidades, que van desde los 12 mil 446.5 pesos hasta 1 millón 244 mil 650 pesos, según lo estipulado en la LFT.